Por: Wilberth Vilca Laura (*)
La Contraloría General de la República emitió la Directiva Nro. 015-2016-CG/GPROD referente a la “Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades”, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el sábado 4 de Junio del 2016, sustentada por la Resolución de Contraloría Nro. 159-2016-CG, dicha norma fija como plazo perentorio para la presentación del Informe de Rendición de Cuentas de los Gobiernos Locales y Regionales, el día 28 de abril del presente, dicha obligación corresponde también a los titulares del gobierno central, ministerios, legislativo, judicial, universidades, organismos autónomos, etc. La Rendición de Cuentas se define como “el proceso mediante el cual el Titular de la Entidad informa a la Contraloría sobre el uso de los fondos y bienes del Estado a su cargo y el resultado de su gestión, entendido como el logro de los objetivos y metas establecidas por la entidad y si estos fueron cumplidos con eficacia; para fines de su evaluación y publicación, coadyuvando a la transparencia de la gestión pública y el control social” (Disp. 6.2, p. 5). Los lamentables casos de corrupción que pululan en la administración pública, deben ser combatidos, y la labor de los órganos de control, es esencial, nuestro país aspira a una democracia participativa, más allá de la meramente representativa, cifras como la sugerida por el investigador Axel Dreher, quien afirma que el costo de la corrupción en América Latina, alcanzaría hasta el 58% del PBI per cápita, son preocupantes.
Los Gobiernos Sub-Nacionales deben convocar a sus Presupuestos Participativos conforme a la Ley Nro. 28056 y las Directivas del MEF, en esta temporada, y una de sus actividades esenciales es la rendición de cuentas e informe de gestión, ante los agentes participantes y la población en general, muchas autoridades lo toman como una mera formalidad, pero corresponde a los actores sociales exigir la seriedad y sustentación de los mismos, exigiendo la publicación previa y la contrastación con sus planes de gobierno ofertados, sus planes de desarrollo, planes institucionales y la información de transparencia de los sectores, el Ministerio de Economía y Finanzas, y aplicativos como INFOBRAS, SOSEM, es decir cruzar información, ardua labor que corresponde a los comités de vigilancia ciudadana, concejos de coordinación local o regional y por cierto a los partidos políticos, que no terminan de salir de su letargo y crisis. Los comités de vigilancia no deberían restringir su labor al cumplimiento de los acuerdos de los presupuestos participativos, como ha sugerido una iniciativa legislativa de una congresista de “fuerza popular” para que tengan la potestad de hacer seguimiento del conjunto de la gestión, que lamentablemente no ha tenido el respaldo esperado. Cuantos titulares de entidades públicas cumplirán esta obligación?, estaremos atentos el próximo 28 de abril, el gobierno peruano ha suscrito las políticas de “gobierno abierto” a nivel internacional, tenemos una Autoridad Nacional de Transparencia, en cuyo mérito se debe monitorear y evaluar a las autoridades locales de turno, muchas de las cuales presumen de “reyezuelos” o caciques con poderes plenos, por las enormes potestades que gozan, sin contrapeso alguno. Es hora de construir una democracia social y participativa.
(*) Email: wilberthvilca@hotmail.com