Punto de Encuentro

Los efectos de la tarjeta de crédito

15 Septiembre, 2019

Vladimir San Miguel

Vladimir San Miguel[1]

“Homines dum docente discunt” (Séneca)

El usuario común y corriente de la Tarjeta de Crédito regularmente piensa que: “el banco nunca pierde”. No obstante, la mencionada creencia popular; por intermedio del presente trabajo se pasará a explicar que, los efectos del Contrato de Tarjeta de Crédito son beneficiosos para aquellos consumidores diligentes.

En ese sentido, es pertinente hacer un análisis adecuado del contrato de tarjeta de crédito.  

  1. ¿Qué es el Contrato de Tarjeta de Crédito?

Es una superposición de contratos, debido a que los acuerdos que se celebran se interrelacionan entre sí, y las partes signatarias de los mismos no siempre serán aquellas partes sobre las cuales los contratos surtirán efectos jurídicos.

La doctrina nacional sostiene con relación al contrato de tarjeta de crédito que: “(…) Es aquel por el cual una empresa especializada estipula con el cliente la apertura de un crédito a su favor, a efectos de que éste contrate bienes o servicios en determinados establecimientos, con los cuales, a su vez, la empresa tiene pactada una respectiva comisión”[2].

  1. ¿Quiénes participan en el contrato?

En el contrato de tarjeta de crédito, se pueden identificar a tres partes que participan en toda la operación económica; en ese sentido, se puede decir que: “para que el sistema pueda funcionar, es necesario que el emisor cree y ponga en circulación la tarjeta de crédito; además, que el consumidor decida usar el servicio brindado; y que el proveedor del bien o servicio, previamente se haya suscrito al sistema brindado por el emisor, con el fin de permitir al consumidor usar la tarjeta en su negocio”[3].

  1. ¿Cuáles son los efectos (beneficios) de suscribir y ejecutar el contrato?

El consumidor financiero, no suscribe un contrato con la entidad bancaria o financiera para “hacerle ganar” dinero a la entidad crediticia. No obstante, la percepción de buena parte de los consumidores es que el banco siempre gana con la suscripción de este tipo de contrato, hecho que no es del todo cierto, habida cuenta que como se sabe el contrato de tarjeta de crédito es un contrato complejo.

El contrato bajo análisis al ser un contrato complejo es rico en la cantidad de obligaciones. En términos simples, la entidad bancaria o financiera se compromete a hacer o dar una serie de bienes y/o servicios a favor del consumidor.

Es en ese sentido que resulta importante “desmenuzar” cuales son esos bienes y/o servicios que pueden ser “aprovechados” por el consumidor.

  1. La “clásica” compra a crédito

La prestación tipificante, es decir, la prestación más relevante en el contrato bajo análisis es la erogación de crédito que realiza la entidad de crédito a favor del consumidor. Esto debido a que, la tarjeta de crédito se ha creado para que el consumidor realice la adquisición de bienes o servicios a crédito; por lo cual, la moderna doctrina italiana señala que la tarjeta de crédito: “(…) Permite efectuar compras de bienes o servicios en los comercios que aceptan las tarjetas de crédito, generando de manera automática el acceso a un tipo de crédito de consumo, con la posibilidad del pago en cuotas”[4].

Por lo cual, se puede decir que, el principal negocio de las instituciones financieras es la erogación de crédito, y su posterior cumplimiento en pagos periódicos que deben ser realizados por el consumidor; en esa línea de ideas, la ganancia que recibe la institución financiera es el pago de los intereses.

No obstante, se ha de tener presente lo que señala el artículo 9 de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. A través del citado precepto, la Ley N° 26702, reconoce que las entidades financieras tienen la libertad para fijar intereses, comisiones y gastos.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        Se desprende de lo señalado en los párrafos precedentes que, las entidades financieras que emiten las tarjetas de crédito son libres de estipular las tasas de interés que han de aplicarse a los diversos productos que comercializan.

 

  1. Beneficios para todas las tarjetas de crédito

Ahora bien, las obligaciones a las cuales están obligadas las entidades financieras con el consumidor, no se agotan con el crédito que pueden o no erogar. Sino que el tarjeta habiente se ve beneficiado con una serie de prestaciones.

  1. Compra sin intereses

La tarjeta de crédito se puede utilizar sin realizar el pago de los intereses respectivos; de tal manera que con una simple indicación cuando se realiza la adquisición de bienes y/o servicios, se puede hacer el pago total de él o los consumos realizados el último día de pago. Con esta elección, el consumidor se beneficia, debido a que puede obtener hasta 45 (cuarenta y cinco) días de crédito sin la necesidad de pagar intereses.

Para realizar esto, el consumidor financiero solo debe manejar de manera adecuada la fecha de corte y la fecha de pago de la tarjeta de crédito.

En esta línea de ideas, la Resolución SBS N° 6523-2013 - Reglamento de tarjeta de crédito y débito, en su numeral 23 del artículo segundo, señala aquello que entiende por fecha de corte, que es la: “(…) Fecha en la que se cierra un periodo de facturación. En la fecha de corte se determina la totalidad de la deuda revolvente registrada a dicha fecha, la suma de las cuotas que corresponde pagar en el periodo, las comisiones, los gastos, el interés compensatorio generado por la deuda revolvente en el periodo de facturación y el interés moratorio o penalidad aplicable en caso de incumplimiento del pago dentro del plazo establecido en el estado de cuenta del periodo de facturación anterior”[5].Así mismo, se debe señalar que la fecha de pago es el último día dentro del cual el consumidor puede realizar el pago para no tener que realizar el pago de intereses.

  1. Despuestos y promociones

La generalidad de tarjetas de crédito, dan acceso a promociones y descuentos asociados; lo cual se hace debido a que todas las entidades crediticias buscan que los consumidores realicen adquisiciones de productos y servicios utilizando la tarjeta de crédito.

  1. Débito automático

Este beneficio permite al consumidor organizar el pago de bienes y/o servicios; es así como, es muy útil para realizar el pago de los servicios públicos, tales como: internet, electricidad y otros.

Para que el consumidor financiero puede disfrutar de este beneficio, tiene que comunicarse con la empresa prestadora del servicio y registrar el número de la tarjeta de crédito para que se realice el débito automático del servicio prestado.

  1. Compras a distancia 

El avance tecnológico ha permitido que la tarjeta de crédito facilite el comercio a nivel mundial, lo cual genera que se puedan celebrar contratos de compraventa a distancia, a través de la modalidad denominada como contrato virtual.

En esa línea de ideas, es importante mencionar lo que sostiene Tossi, con relación al contrato virtual: “El contrato virtual es, en su calidad de contrato masivo –caracterizado por la ausencia de las tratativas, compatible con la necesidad de uniformidad y los rápidos intercambios del mercado virtual– un contrato por adhesión bajo los mismos términos que las cláusulas generales de contratación: en donde se presentan las condiciones negóciales de manera uniforme, las cuales son expresión del poder unilateral de predisposición el cual se presenta en este contrato”[6].

Es así que la obtención de una tarjeta de crédito permite realizar adquisiciones en todo el mundo con la mayor seguridad. Esto debido a que el contrato de compraventa virtual, el cual se celebra entre el consumidor y el proveedor del bien o servicio, será ejecutado, teniendo como respaldo el dinero que proporciona la entidad bancaria o financiera. 

  1. Disposición de efectivo

La tarjeta de crédito permite que el consumidor pueda acceder de manera instantánea a una cantidad de dinero, con el simple hecho de utilizar la tarjeta de crédito. No obstante, se debe advertir que suele ser la forma más costosa para endeudarse ante una entidad de crédito.

En ese sentido se debe de mencionar que, si el consumidor bancario o financiero desea tener efectivo, debe escoger otra alternativa, la cual puede ser una Línea de Crédito Paralela.  

  1. Beneficios directos para algunas de las tarjetas de crédito

Se hará mención de las prestaciones que están a cargo de las entidades crediticias, las cuales no se dan para todos los consumidores; por tal razón, hay algunas tarjetas que brindan los siguientes beneficios a sus tarjeta habientes.

  1. No pago de membresía

Regularmente el pago de la membresía se realiza anualmente; es así que, casi todas las tarjetas de crédito emitidas por las empresas del sistema financiero cobran al consumidor una cierta cantidad de dinero, por el solo hecho de ser un tarjeta habiente.

Ahora bien, se debe sostener que el monto que corresponde a la membresía no es uniforme para todas las tarjetas de crédito; es más, entre más alta la categoría de la tarjeta de crédito más onerosa es la membresía.

Es importante mencionar, el caso particular de la tarjeta de crédito Interbank Visa Access, la cual es la única tarjeta de crédito que no cobra membresía. Las otras tarjetas de crédito si realizan el cobro de la membresía; es más es relevante el caso de la tarjeta de crédito American Express The Platinum Card, en la cual el banco Interbank cobra S/. 500.00 (Quinientos con 00/100 soles) al titular de la tarjeta y a cada adicional de la tarjeta, cobra por el concepto de membresía S/. 250.00 (Doscientos cincuenta con 00/100 soles).

Por último, se debe subrayar que, si bien el pago de la membresía es obligatorio, el mismo puede ser exonerado. Para que esto sea realizado por la entidad financiera, el consumidor debe enviar al banco o a la entidad financiera, una solicitud pidiendo la exoneración del pago de la membresía, la cual será recibida y evaluada, y bajo ciertos parámetros la entidad crediticia aprobará o denegara la solicitud de exoneración.

  1. Línea paralela de crédito

Es muchas veces ofrecida por el banco al cliente financiero, además de ser una forma más económica de endeudarse con la entidad bancaria o financiera. Debido a que, la tasa de interés que se cobra por la erogación de crédito es mucho más baja; lo cual se puede observar en la figura 1.

Figura.1
Línea paralela de crédito

Fuente: Interbank (comunicación personal, s.f.)

Así mismo, se debe puntualizar que la línea paralela de crédito no afecta a la línea de crédito aprobada por el banco, debido a que si bien este crédito está asociado al contrato de tarjeta de crédito; la línea paralela de crédito se presenta como un contrato accesorio al contrato de tarjeta de crédito.

Finalmente ha de señalarse que, la entidad bancaria o financiera, cuando eroga y posteriormente cobra las cuotas del crédito, no puede modificar la tasa de interés que ha de pagar el consumidor, siempre que esta modificación sea en perjuicio del consumidor.

  1. Tarjeta adicional

Si bien la tarjeta de crédito es intransferible, la entidad bancaria, permite la obtención de tarjetas adicionales. En esta línea de ideas, la doctrina sostiene que: “El titular de una tarjeta de crédito puede solicitar la emisión de una tarjeta de crédito adicional en nombre de una persona diferente, la cual siempre estará relacionada, es decir, conectada con la tarjeta de crédito principal (o también llamada tarjeta base)”[7]. (Trane, 2002, p. 87)

En palabras más simples, la tarjeta de crédito adicional permite que un tercero, el cual no es la parte signataria del contrato, pueda hacer uso de la línea de crédito que está asociada a la tarjeta de crédito.

Así mismo, se debe mencionar lo que se consigna en el artículo 8 de la Resolución SBS N° 6523-2013 - Reglamento de tarjeta de crédito y débito, la cual sostiene que: “(…) La tarjeta de crédito adicional es emitida a un usuario, a solicitud y bajo la responsabilidad del titular, al amparo del contrato celebrado con el titular y de la misma línea de crédito otorgada a este o parte de ella. La tarjeta de crédito adicional a la tarjeta principal solo podrá emitirse cuando exista autorización expresa de su titular, utilizando los medios establecidos por las empresas para dicho efecto”[8].

  1. Millas, puntos y dinero en efectivo

Este beneficio también es llamado “programa de recompensas”, es decir, es aquello que recibe como “premio” el consumidor por usar su tarjeta de crédito. El beneficio, está en relación directa al consumo realizado por el consumidor; en otras palabras, entre más se consuma con la tarjeta de crédito: más millas, puntos o dinero recibirá el tarjeta habiente.

Se debe mencionar que, cada entidad bancaria o financiera, decide de manera independiente que tipo de programa de recompensa ofrece a sus consumidores; para lo cual tendrá en consideración, la categoría de la tarjeta de crédito que ha emitido.

Si bien pareciera que estos tipos de programas de recompensa con el pasar del tiempo mantienen las mismas condiciones contractuales, esto no es del todo cierto; debido a que las entidades financieras modifican regularmente las condiciones contractuales.

En ese sentido, el principio de la Autonomía Privada, permite las modificaciones de las condiciones contractuales; no obstante, las mencionadas modificaciones de estas condiciones contractuales muchas veces van en contra de los interés del consumidor.

Ahora bien, se debe mencionar un beneficio que para el mercado nacional es privativo solo para dos entidades financieras.

  1. Pago en cuotas sin intereses

Este beneficio se presenta cuando se suscribe el contrato de tarjeta de crédito con los siguientes bancos:

  • El Banco Pichincha, a través de la tarjeta Diners Club, permite la compra sin intereses en un máximo de 12 cuotas; tal como se muestra en la siguiente figura.

Figura.2
Pago en cuotas sin intereses Diners Club

Fuente: Clinica Petras (2018)

  • El BBVA Continental, a través de buena parte de las tarjetas de crédito que comercializa, permite realizar el pago en 3, 6 o 12 cuotas sin intereses.
  1. Beneficios directos para las tarjetas de crédito de gama alta

Las tarjetas de crédito más exclusivas del mercado tienen los mejores beneficios colaterales para el consumidor financiero.

  1. Priority Pass

Se ha de puntualizar que, no todas las tarjetas de crédito permiten el uso de las salas Priority Pass de manera ilimitada y gratuita. La tarjeta Priority Pass se puede observar en la Figura 3.

Figura .3
Tarjeta Priority Pass

Fuente: Loungebuddy (2019)

El sistema Priority Pass, es un servicio independiente, en virtud del cual, la empresa contratada por la franquicia Visa, MasterCard o American Express, brinda una serie de servicios al usuario de la tarjeta de crédito. Con la tarjeta Priority Pass se permite el ingreso del consumidor a más de 1200 salas VIP en todo el mundo, las cuales se encuentra ubicadas en los aeropuertos más importantes del mundo.

  1. Concierge

Es un beneficio exclusivo para una pequeña cantidad de tarjeta habiente; el “Concierge”, atiende regularmente vía telefónica al tarjeta habiente y le brinda información referente a entradas para espectáculos, arreglos de viaje, renta de vehículos, reservaciones para obras de teatro y cualquier otra información o asistencia que el tarjeta habiente Visa pueda necesitar, en su país de residencia y en cualquier lugar del mundo en el cual se encuentre.

  1. Línea de crédito ilimitada

Como bien se explicó líneas arriba, la línea de crédito es aquella cantidad de dinero que el consumidor de la tarjeta de crédito puede utilizar.

Las entidades financieras nacionales normalmente aprueban líneas de crédito limitadas, es decir, con un tope de consumo; no obstante, en las principales plazas financieras del mundo, se permite emitir tarjetas de crédito sin límite de gasto, tal como se aprecia en la Figura 4, en donde se muestra una tarjeta American Express Personal Card, erogada por el banco Credit Suisse, la cual es una tarjeta de crédito sin tope de consumo.

Figura.4
Tarjeta de crédito ilimitada

Fuente: Banco Credit Suisse (comunicación personal, s.f.)

  1. Otros beneficios

Si bien en el mercado nacional predominan 3 franquicias internacionales. Para el presente acápite se hará alusión a los beneficios que otorga la franquicia Visa; debido a que en el mercado peruano es la franquicia más utilizada tanto por los consumidores como por las entidades bancarias y financieras.

En tal virtud, se puede señalar que un tarjeta habiente Visa, el cual posea una tarjeta de crédito de alta gama, podrá disfrutar de los siguientes beneficios:

  • Desembolso de efectivo de emergencia.
  • Seguro por perdida de equipaje.
  • Seguro por demora de equipaje.
  • Garantía extendida.
  • Protección de compras.
  • Protección de precios.
  • Servicios de emergencia médica internacional + certificado Schengen.
  • Seguro de alquiler de autos.
  • Servicio de información para el viajero Visa.
  • Centro de atención al Cliente Visa.
  • Servicios de Reposición de tarjeta.
  • Seguro de accidentes en viaje en medio de transporte.
  1. Beneficios indirectos de la suscripción del contrato de tarjeta de crédito

La suscripción y posterior ejecución del contrato de tarjeta de crédito, también trae consigo el surgimiento de externalidades, las cuales son también llamadas “costos no contratados” o “efectos difusión”.

De lo antes mencionado, se desprende que, las externalidades positivas son aquellos costos no contratados que favorecen a los terceros no signatarios del contrato; en cambio, las externalidades negativas son aquellos efectos del contrato que perjudican a las partes que no suscribieron el contrato.

De lo mencionado en los párrafos precedentes, se puede concluir que las externalidades, se enmarcan dentro del ensanchamiento del contrato. Lo cual va en contra de la máxima contractual, RES INTER ALIOS ACTA, que también es conocida como el principio de relatividad contractual.

En puridad, cuando el consumidor financiero suscribe un contrato de tarjeta de crédito, no solo se verá beneficiado con el empleo que le pueda dar a la tarjeta de crédito, sino además podrá disfrutar de una serie de beneficios al ser parte integrante del mundo financiero.

  1. Acceso al crédito

El acceso al sistema financiero en el Perú es por lo general un poco complejo debido a que las entidades financieras no erogan crédito a las personas naturales fácilmente.

Por lo cual, la tarjeta de crédito se convierte en un vehículo que permite ingresar al mundo del crédito de consumo.

Lo señalado en el párrafo precedente, se reafirma debido a que las entidades crediticias constantemente buscan facilitar la erogación de crédito a sus consumidores o a los consumidores de otras entidades financieras que cumplan con los requisitos que estas entidades establecen.

Así mismo, se debe señalar que estar inserto en el mundo bancario, genera otros beneficios que serán desarrollados a continuación.

  1. Tasas de interés

Como bien se mencionó en los párrafos precedentes, tanto la Ley General del Sistema Financiero como el Código Civil, facultan a las entidades financieras a aplicar las tasas de interés que juzguen pertinentes; no obstante, ello se debe señalar que, las tasas de interés que aplican los bancos y las financieras para las tarjetas de crédito son de las más altas en el mercado nacional.

No obstante, un consumidor bancario o financiero diligente tiene la posibilidad de recurrir a otras instituciones crediticias que brinden un crédito más económico.

  1. Score crediticio

El score crediticio es la nota que tiene cada una de las personas, las cuales cuentan con un reporte en las centrales de riesgo; ya sea, con buena o con mala calificación. Se debe señalar que la calificación va de 0 a 999 puntos; en donde, un consumidor que tiene como score crediticio 0 puntos es alto riesgo, en cambio, un consumidor que tiene como score crediticio 999 puntos es de muy bajo riesgo.

El score crediticio, sirve para obtener acceso no solo a la aprobación de una tarjeta de crédito; sino, además, coadyuva a obtener mejores y más sofisticados productos financieros.

No obstante, se debe indicar que, para obtener un score crediticio adecuado, las centrales de riesgo tienen en consideración los siguientes parámetros:

  • El pago oportuno del o los créditos que tiene el consumidor financiero; habida cuenta que, esto refleja la situación económica actual de la persona.
  • El número de créditos u obligaciones crediticias que tiene el consumidor financiero; en esa línea de ideas, se debe de mencionar que entre menos cantidad de créditos se tenga, mejor será el score crediticio. Debido a que, es más fácil pagar una sola obligación de dar suma de dinero; en tal virtud, es mejor unificar las deudas y eliminar las tarjetas de crédito que no se estén utilizando.
  • Realizar un pago mensual mayor al importe consignado como pago mínimo; debido a que ello refleja liquides de parte del consumidor financiero para el banco, es decir, el consumidor es una persona que cuenta con facilidad para pagar las obligaciones que contrae.
  • El número de consultas al perfil crediticio del consumidor; ya que, si un consumidor financiero tiene muchas consultas en un corto periodo de tiempo, esto refleja una mayor necesidad de crédito. Por lo cual, se recomienda manejar periodos de tiempo, de entre, tres (03) y cuatro (04) meses para realizar consultas.
  • Tener antigüedad en el sistema financiero; debido a que, entre mayor es el tiempo que se ha pertenecido al sector crediticio, es mejor; esto teniendo en consideración que, durante ese periodo el reporte crediticio de la persona sea catalogado como crédito normal. 

Las entidades encargadas de realizar el score crediticio son las Centrales de Riesgo. Es así como, las centrales de riesgo generan reportes de crédito tanto de personas naturales como de personas jurídica.

  1. Inclusión financiera

La inclusión financiera sirve para formalizar la economía de un país, y de esa manera permite y potencia el desarrollo económico. No obstante, es un proceso que se viene realizando de manera gradual, debido a que la economía nacional es altamente informal; lo cual trae como consecuencia que la inclusión financiera no se haya dado de manera adecuada.

En esa línea de ideas, el gobierno central ha diseñado una Estrategia Nacional de Inclusión Financiera (ENIF), la cual es desarrollada por la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera. En el documento de Julio de 2015, el cual fue expedido por la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, se sostiene que: 

“(…) Se observa un importante crecimiento y desarrollo de los mercados financieros en Perú; el mercado de capitales ha quintuplicado su tamaño en 10 años, y el sistema financiero creció 4 veces respecto de sus colocaciones y en el mismo periodo, los depósitos lo hicieron en 3 veces.

Este escenario favorable permitió que Perú se consolide como líder y pionero en la inclusión financiera a nivel mundial, posicionándose durante siete años consecutivos como el país con el mejor entorno para microfinanzas y la inclusión financiera, gracias a las diversas iniciativas de las instituciones públicas o privadas”[9].

Si bien, durante los últimos años se ha avanzado un buen trecho con el objetivo de la inclusión financiera, este objetivo está lejos de cumplirse. En esa línea de ideas, se puede concluir que, permitiendo la inclusión financiera de la población en su conjunto se contribuye no solo el crecimiento del sector bancario y financiero, sino además, se fomenta el desarrollo del país.

  1. Turismo financiero

El turismo financiero como tal, es un término nuevo, en virtud del cual, el consumidor de productos financieros puede acceder a las distintas instituciones de crédito, con el solo hecho de usar los productos que estas ofrecen.

En esa línea de ideas, a los consumidores, les asiste el poder de elegir a libre albedrio cualquier tarjeta de crédito que el sistema comercialice; con lo cual pueden “pasearse” por cualquier banco o entidad financiera buscando aquello que le sea más conveniente; claro está que, para poder realizar el turismo financiero el consumidor debe de poseer un score crediticio muy bueno.

Las personas que realizan el turismo financiero son consumidores altamente educados desde el punto de vista financiero, por lo cual, las entidades financieras no tendrían mayor problema en erogar créditos a dichos consumidores. En cambio, un consumidor incumplido, es decir, aquella persona que no cumple de manera adecuada con el pago de las obligaciones de carácter dinerario, no podrá aprovechar las bondades del turismo financiero. 

  1. Transferencia del riesgo

La transferencia del riesgo se presenta cuando la suma de dinero que debe ser empleada por el tarjeta habiente, es reemplazada por el uso de la tarjeta de crédito, que funge como un medio de pago ampliamente aceptado; esto permite que el consumidor del bien o servicio no ponga en peligro su patrimonio cargando consigo grandes sumas de dinero.

La transferencia del riesgo se aplica para el uso de las tarjetas de crédito; las cuales al estar aseguradas permiten que, ante un eventual robo de los fondos, el seguro cubra la pérdida del dinero.

Con respecto a la transferencia del riesgo, se debe emplear el aforismo latino: RES PERIT DOMINO, es decir, la cosa se pierde para su dueño. Por lo que, “en principio” es el propietario de la tarjeta de crédito, el cual se ve perjudicado por la pérdida del dinero o del bien que ha adquirido con el uso de la tarjeta de crédito; no obstante, lo mencionado no es del todo cierto, debido a que por la gran cantidad de seguros que protegen al consumidor, la franquicia se hará cargo del pago por la pérdida del bien o la sustracción del dinero.

  1. Educación financiera

Como bien es sabido, un gran problema en el Perú es la educación que se imparte; en esa línea de ideas, el gobierno central, ha impulsado la creación de un Plan Nacional de Educación Financiera. Así mismo la banca privada ha contribuido con impulsar programas, como el ABC de la Banca, el cual es patrocinado por el Banco de Crédito del Perú.

No obstante, en el Plan Nacional de Educación Financiera, se señala que la: “Estrategia Nacional de Inclusión Financiera en el Perú 2015-2021 (ENIF) identifica que los niveles bajos de capacidad financiera y la falta de confianza en el sistema financiero son unas de las principales limitaciones que tienen los adultos y las MIPYME para la incorporación y uso sostenible de los servicios financieros”[10].

Como se resalta en el párrafo precedente, los consumidores muchas veces desconfían del sistema financiero nacional; por lo cual se hace de capital importancia que el Estado y el sector privado trabajen de la mano para que se eduque de manera adecuada a la población en su conjunto en el tema financiero.

Con este tipo de iniciativas se busca incluir financieramente a la población, por lo que la Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, en el documento de setiembre de 2016, concluye que: “La educación financiera bien dirigida y efectiva puede ser considerada como un factor clave para el desarrollo del sector financiero del Perú. En términos concretos, la educación financiera puede incentivar el ahorro, animar a la gente a presupuestar su dinero, planear mejor sus gastos, créditos y prepararse para riesgos que pueden enfrentar creando consumidores financieros quienes actúan con más confianza y responsabilidad a beneficio de su propio bienestar además al desarrollo de los mercados”[11].

Así mismo, se debe señalar que la educación financiera no solo sirve para potencializar el desarrollo del sector bancario y financiero; sino además el gran beneficiado es el consumidor. Y en esa línea de ideas, Kiyosaki sostiene que: “la inteligencia financiera no se refiere a cuánto dinero ganas, sino a cuánto dinero conservas y qué tan duro trabaja ese dinero para ti”[12]. Por lo cual, si el consumidor sabe emplear los recursos económicos que le facilita el mercado financiero puede no solo insertarse en el mismo, sino además aprovechar y apalancarse con los fondos del sistema bancarios.

  1. Conclusiones
  2. Los consumidores muchas veces desconfían del sistema financiero nacional.
  3. El desarrollo económico de cada uno de los consumidores que hacen uso de la tarjeta de crédito dependerá mucho de la forma de usar la tarjeta de crédito. Un uso adecuado y responsable permitirá potenciar el desarrollo y obtención de diversos productos financieros; en cambio, un uso inadecuado de la tarjeta de crédito no permitirá que se desarrolle el acceso a crédito futuro del consumidor. 
  4. Los beneficios de la tarjeta de crédito, no siempre se brindarán a todas las personas que celebran el contrato de tarjeta de crédito, debido a que dependerá mucho del empleo de la tarjeta de crédito; es decir, entre mejor se ejecute el contrato de tarjeta de crédito, mayores serán los beneficios para el consumidor.
  5. La educación financiera busca y permite que el consumidor se beneficie de los distintos productos que ofrece el sistema financiero nacional; claro que para realizar ese objetivo el consumidor debe estar educado en el tema financiero. Lo cual dista mucho de la realidad peruana.
  6. Recomendaciones
  7. Se hace de capital importancia que el Estado y el sector privado trabajen de la mano para que se eduque de manera adecuada a la población en su conjunto en el tema financiero.
  8. El consumidor debe emplear los recursos económicos que le facilita el mercado financiero, de esa manera puede insertarse en el mismo y además apalancarse con los fondos brindados por las entidades crediticias.

[1] Abogado graduado con honores por la Universidad de Lima; especializado en derecho civil patrimonial. Se desempeña actualmente como asesor de empresas trasnacionales en el ámbito contractual. Traductor libre de textos jurídicos tanto del ingles al español como del italiano al español. Adjunto de cátedra en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas en el curso de Contratos I.

[2] Ghersi, C. (1994). Contratos civiles y comerciales Parte general y especial Figuras contractuales modernas. Editorial Astrea de Alberto y Ricardo Depalma S.R.L. p. 206.

[3] Trane, P. (2002). Le carte di credito. Milano. Giuffre Editore, p. 8.

[4] Trane, P. (2002). Le carte di credito. Milano. Giuffre Editore, p. 14.   

[5] Resolución SBS N° 6523-2013. (30 de octubre de 2013). Reglamento de tarjeta de crédito y débito. Recuperado de https://intranet2.sbs.gob.pe/dv_int_cn/718/v3.0/Adjuntos/6523-2013.pdf

[6] Tosi, E. (2010). Contrattti informatici, telematici e virtuali, Nueve forme e procedimenti formativi. Milano. Giuffrè Editore, p. 83-84.

[7] Trane, P. (2002). Le carte di credito. Milano. Giuffre Editore, p. 2002.

[8] Resolución SBS N° 6523-2013. (30 de octubre de 2013). Reglamento de tarjeta de crédito y débito. Recuperado de https://intranet2.sbs.gob.pe/dv_int_cn/718/v3.0/Adjuntos/6523-2013.pdf

[9] Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera (2015). Perú: Estrategia Nacional de Inclusión Financiera (ENIF). Lima, p. 3. Recuperado de https://www.mef.gob.pe/contenidos/archivos-descarga/ENIF.pdf

[10] Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera, (2016). Perú: Plan Nacional de Educación Financiera. Lima, p. 3. Recuperado de http://www.bn.com.pe/inclusion-financiera/archivos/ENIF/plan-nacional-educacion-financiera-junio2017.pdf

[11] Comisión Multisectorial de Inclusión Financiera (2015). Perú: Estrategia Nacional de Inclusión Financiera (ENIF). Lima, p. 3. Recuperado de https://www.mef.gob.pe/contenidos/archivos-descarga/ENIF.pdf

[12] Kiyosaki, R. (2007). Niño Rico Niño Listo. Mexico: Agular, p. 47.

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