El día 03 ABRIL 2016 se llevó a cabo el debate presidencial organizado por el JNE. Más allá de las críticas que recibió el formato y dinámica del mismo, lo cierto es que uno de los temas que los candidatos nuevamente pusieron en agenda fue el cambio del modelo económico, y con ello, el cambio o Reforma de la Constitución. Además, el ex Presidente Alan García Pérez volvió a plantear lo que ya propuso en 2006: ampliar los supuestos de aplicación de la pena de muerte para los sicarios y violadores, propuesta, que como sabemos, también exige una Reforma Constitucional.
Los candidatos Mendoza, Barnechea y Santos, con mayor o menor énfasis, cuestionaron el modelo económico actual. Afirmaron que el modelo actual no permitía reducir la desigualdad estructural en el Perú, y que por lo tanto, era necesario hacer cambios profundos con el objetivo de contar con un orden económico mucho más inclusivo. Para ello, los dos primeros, plantearon abiertamente el cambio del capítulo económico de la Constitución, e incluso, hablaron de promulgar una nueva Constitución que sea la base para la construcción de un orden más equitativo, que le devuelva al Estado la posibilidad de impulsar el crecimiento asumiendo un rol más protagónico en materia económica.
Al respecto, y al margen de las simpatías o enconos que Mendoza o Santos puedan despertar en el electorado (Barnechea no propuso el cambio de la Constitución, pero sí reformas profundas al modelo), lo cierto es que cambiar y/o Reformar la Constitución no es una medida sencilla de concretar, más cuando en el Parlamento no se cuenta con una mayoría propia o una coalición partidaria que le permita al partido de Gobierno unir fuerzas políticas y alcanzar el número de votos necesario para hacer viable la propuesta.
Decimos ello ya que según las encuestas de ese momento, el fujimorismo y otras fuerzas políticas identificadas con la centro derecha, y por ende, defensoras a ultranza del modelo vigente, alcanzarían más de 90 curules. Entonces, si tomamos en cuenta que el número legal de congresistas es 130, resulta claro que ni Mendoza ni Santos contarían con el apoyo para llevar a cabo el cambio y/o Reforma Constitucional propuesta.
Sobre este punto, debemos recordar que el artículo 206° de la Constitución establece que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros (es decir, 66 votos), y ratificada mediante referéndum. No obstante, la Constitución también dispone que puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada caso, superior a los dos tercios del número legal de congresistas (es decir, 88 votos).
Si ello es así, ¿Por qué los candidatos que sabían que no contarían con mayoría congresal se atrevieron a proponer un cambio o Reforma Constitucional irrealizable? Muy sencillo, lo hicieron porque era una manera de capitalizar el voto de quienes están disconformes con el “stablishment” (suficiente para pasar a la segunda vuelta), mostrándose como los verdaderos abanderados del cambio. Y lo hacen, porque cuestionar moralmente a la Constitución también era y es una manera de capitalizar el anti fujimorismo y prepararse para una eventual segunda vuelta.
Entonces, lo que ocurre en estos días en el Perú en el marco del proceso de reforma política iniciado en el Congreso de la República, no debería sorprendernos. Es decir, por un lado tenemos a los sectores “reformistas”, aquellos que buscan hacer algunos cambios para que nada cambie en realidad, y por el otro, tenemos a quienes dentro de los parámetros establecidos por la Constitución, buscan hacer cambios profundos, e inclusive hablan de la necesidad de aprobar una nueva Constitución. Veremos qué pasa. La novela de la reforma constitucional en el Perú todavía está en sus primeros capítulos.