Punto de Encuentro

Petroperú, el Estado y los límites del poder: una nueva alerta desde las regiones

En medio de un contexto marcado por el desgaste institucional y la desconfianza ciudadana hacia las decisiones del Ejecutivo, un nuevo cuestionamiento constitucional ha emergido desde las regiones. El Colegio de Abogados de Arequipa (CAA) ha interpuesto ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto de Urgencia N.º 013-2024, que autoriza hasta 1500 millones de dólares en garantías y aportes de capital a favor de Petroperú. Esta norma, presentada como una medida urgente para evitar una supuesta crisis energética, es denunciada por el gremio como un abuso normativo que encubre un salvataje financiero fuera de los límites constitucionales.

El Decreto fue refrendado por los principales órganos del Ejecutivo: la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Energía y Minas, y la Presidencia de la República. Pero su contenido revela un alcance que va más allá de la urgencia declarada: autoriza transferencias sin control parlamentario, permite la venta de activos sin tasación, y extiende su vigencia hasta el año 2029. En otras palabras, se legisla para años con un instrumento diseñado constitucionalmente para semanas.

Para el CAA, el DU viola cinco principios constitucionales fundamentales establecidos por el propio TC: excepcionalidad, necesidad, conexidad, transitoriedad y generalidad. El gremio argumenta que la situación financiera de Petroperú no es nueva ni imprevista. Desde 2020, el Estado ha inyectado más de 4 000 millones de soles a la empresa, y los informes sobre sus pérdidas y riesgos eran públicos desde antes de emitirse el decreto. Lo que se presenta como una urgencia es, en realidad, una decisión política revestida de emergencia, sin el control del Congreso ni el debate que exige una democracia saludable.

La demanda también pone sobre la mesa una dura realidad: mientras Petroperú ha cerrado el 2023 con pérdidas que superan los 800 millones de soles, el país enfrenta una brecha estructural en infraestructura y servicios. Ese dinero, señalan desde Arequipa, podría haber financiado cientos de escuelas, postas médicas o proyectos de conectividad para zonas aisladas. Cada sol desviado a una empresa con baja credibilidad y resultados cuestionables, es un sol menos para cerrar las verdaderas urgencias del país.

Además, organizaciones de la sociedad civil y gremios del sur del país se han sumado como amici curiae, respaldando la demanda. Sostienen que la caída de Petroperú no afectaría el abastecimiento energético en regiones como Arequipa y Moquegua, donde la operación está en manos de privados y no de la cuestionada empresa estatal. Esta afirmación desmonta el principal argumento del Ejecutivo: que se trataba de una medida para evitar un desabastecimiento inminente.

El CAA ha recordado que los ministros que refrendan decretos inconstitucionales pueden incurrir en responsabilidad política, conforme a los artículos 120° y 128° de la Constitución. Y que el Congreso, al no ejercer control político ni fiscalización, incumple su rol esencial como contrapeso democrático.

Lo que está en juego no es solo la constitucionalidad de un decreto. Es la forma en que se gobierna el país. Es el precedente que se sienta para el uso futuro de decretos de urgencia. Y, sobre todo, es el mensaje que se envía a la ciudadanía: si el Estado puede torcer las reglas para salvar a una empresa ineficiente, ¿qué límites le quedan a la discrecionalidad?

El Tribunal Constitucional tiene ahora la palabra. Y con ella, la responsabilidad histórica de decidir si el país camina hacia el fortalecimiento de la legalidad o hacia la normalización del abuso normativo.

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