Punto de Encuentro

Presupuesto anual de remuneraciones

Por Roberto Rendón Vázquez

¿Cómo se calcula (presupuesta) las remuneraciones de un trabajador dependiente y subordinado a un empleador? Aunque existen regímenes laborales excepcionales, la generalidad está sujeto a remuneraciones mayores a la Remuneración Mínima Vital del régimen laboral de la actividad privada. Es S/ 1.025.00 mensual a partir del 01/05/2022 (D.S.003-2022.TR); S/.83,33 diario. El cálculo (presupuesto) para un año debe efectuarse – si sólo percibe la RMV con ésta – pero debe hacerse con el que realmente se le pague. Como nota explicativa lo vamos a “exponer” suponiendo que se paga S/.1.500,oo mensuales. Esta cantidad está sujeta a descuentos legales por aportes  jubilatorios (13%)(13%), impuesto a la renta, si procede. Puede haber otros que no se debe evaluar (como cotización sindical). Los aportes del 9% para Seguridad Social debe pagarlos únicamente el empleador.

La jornada de trabajo es 8 horas diarias y 48 a la semana. En julio y diciembre percibe gratificaciones (Navidad y Fiestas Patrias) equivalentes a una remuneración total mensual c/u. Al cumplir cada año de servicios tiene derecho al descanso vacacional remunerado (Si en dos años consecutivos no se le otorga vacaciones, se “produce” la frustración vacacional y debe pagársele “la triple remuneración vacacional” por el año). Por cada año de servicios: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Puede tener otros derechos remunerativos como la asignación familiar, pago por trabajo en sus días de descanso semanal obligativo o feriados oficiales no laborables y le ordenan que labore; también puede pagársele bonificaciones. Para el ejemplo solamente vamos a referirnos a los primeros:

Remuneración mensual: S/.1.500,oo. (Trabajo en días laborales en el mes)

Mensual: remuneración: S/.1.500,oo. Descuento: S/:195,oo. Total a recibir: S/:1.305,oo

Anualmente S/.18.000,oo. Descuentos: S/:2.340,oo: Recibe: S/.15.690,oo

Dos gratificaciones anuales: S/.1.500,oo c/u:  S/.3.000,oo

CTS: Anual; es una remuneración mensual completa por año: S/.1.500,oo. Se paga mitad en cada semestre (abril y octubre) depositándolos en entidades bancarias o financieras a nombre del trabador y que éste señale.

Total de remuneración anual: S/:22.500,oo.

Descuentos al año: S/:2.340,oo. Solo para el derecho jubilatorio. No es dinero del patrono y debe entregarlo cada mes en la ONP o la AFP señaladas libremente por el trabajador. Si no lo deposita deben “cobrarle” coactivamente de inmediato.

Total que recibe al año: S/: 15.690,oo.

      Total al año de aportes del empleador a EsSalud: S/.2.025,oo. Está obligado a depositar mensualmente el descuento de la totalidad de sus trabadores. Si no cumple, deben “cobrarle” coactivamente, bajo responsabilidad

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