Punto de Encuentro

¿Por qué no hicieron controles oportunos?

Por Roberto Rendón Vásquez.

Medios periodísticos informan de actos no lícitos que se atribuyen al entorno familiar del Presidente Pedro Castillo y sus ministros y funcionarios. Es de conocimiento público que los vienen investigado en el Congreso de la República, el Ministerio Público y la Contraloría General; en el Poder Judicial tramitan procesos relacionados a “esas investigaciones”. Las cuatro entidades públicas aún no “han establecido” la responsabilidad personal del Presidente.

La ciudadanía no objeta a las entidades que investigan esos ilícitos penales. La Constitución establece en el Artículo 97° que “el Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público”; El artículo 159° dice: “Corresponde al Ministerio Público: 1. Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial en defensa de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho” y el Artículo 60° de la Ley Orgánica del Ministerio Público le señala que “… es titular del ejercicio de la acción penal. Actúa de oficio, a instancia de la víctima, por acción popular o por noticia policial  ....”; el artículo 7° de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República norma que “El control interno comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente”. Estas normas que rigen en las Instituciones mencionadas, ahora las están aplicando al actual Presidente de la República, su entorno ministerial, funcionarios y a familiares. Tales “investigaciones” no se pueden objetar porque se trata del cumplimiento de la Constitución y normas legales. Es deber hacerlo en el Congreso, Contraloría, Fiscalía y Poder Judicial. (independientemente que se pruebe o no los delitos que se les atribuye).

Ante actos de corrupción muchos preguntan: ¿Porque en el Congreso, Ministerio Público y Contraloría no actuaron con iguales medidas de control previo, simultaneo y posterior durante el ejercicio de los Presidentes Toledo Manrique, García Pérez, Humala Tasso,  Kuczynski Godard, Martín Vizcarra? involucrados en recepción de coimas para favorecer a empresas en licitaciones de obras públicas (cohechocolusiónnegociación incompatible asociación ilícita y tráfico de influenciaslavado de activos y organización criminal). El escándalo de la corrupción  – “Caso de la brasilera  Odebrecht” – se hizo público (explosionó) en Estados Unidos; no en el Perú.

Grave: aún no se ha sentenciado a esos gobernantes considerados corruptos. ¿Por qué?, ¿Política?

NOTICIAS MAS LEIDAS