Las medidas desacertadas propugnadas por el Ministro del Interior Morán demuestran una vez más la falta de brújula de este gobierno. En vez de proponer, populista y casi ilegalmente, la eliminación de la protección policial a servidores públicos como los congresistas, se deberían expedir D.U.s sobre la seguridad ciudadana. Por ejemplo, sobre la legítima defensa de la persona y del domicilio. La doctrina del castillo, que ha sido recogida en un proyecto de ley del congreso recientemente disuelto, tranquilamente podría tomar cabida en un decreto de urgencia (D.U.) si hubiera voluntad política y liderazgo. Nos referimos al proyecto de ley que amplía los alcances del ejercicio de la legítima defensa y otorga protección legal a la persona que defiende la inviolabilidad de su domicilio, vehículo y lugar de negocios o empleo, causando lesiones o muerte al delincuente. Con la doctrina del castillo se exceptuaría de responsabilidad penal y civil a quien sufra una violación de su domicilio (o centro de trabajo y hasta su vehículo) por un intruso que ilegítimamente haya invadido su propiedad. La ley presumiría que la intención de robar, matar, violar o provocar un daño grave premeditado por el delincuente invasor, puede ser repelida con un arma letal por parte del ocupante legal. Les explicamos porque pensamos que no se promulga esta ley, ni la ley de protección policial que evitaría que los policías sean encarcelados cuando le disparan a un delincuente. (1) Presumiblemente, el asesor en temas de seguridad IDL-Gorriti con el “Jefe de Gobierno” Vizcarra, le niegan la posibilidad a Morán de empoderar a sus policías. ¿Sabrá Moran de lo que hablamos? La ley de Protección Policial fue aprobada por el parlamento ya disuelto y Vizcarra nunca la promulgó. El IDL, que goza de una rimbombante protección policial por asesorar al gobierno, en su caratula web del 25 de julio de 2019, expone como un gran titular lo siguiente: “LA LEY QUE PERMITE A LOS POLICÍAS MATAR A PERUANOS Y ESPERAR SU SENTENCIA EN LIBERTAD” (2), y, hasta hoy, el Vizcarrato, no promulga la ley de marras, ergo, nuestra policía sigue en total indefensión, sin respaldo jurídico, abandonada a su suerte. ¿Quedó explicado? Tenemos más pruebas de la pésima o nula gestión del estado en seguridad interna. El congreso que fue disuelto por Vizcarra y Salvador del Solar, ya había hecho su trabajo en materia de seguridad interna. Aparte de las dos normas mencionadas en las líneas que anteceden, dio la ley de Ciberseguridad (LEY DE CIBERDEFENSA - LEY Nº 30999), la ley del Serenazgo Municipal, la de Protección Policial (antes citada), la ley sobre Amnistía y Regulación de Entrega Voluntaria y Empadronamiento de Armas de Fuego. Sin embargo, en este menester, los D.U. brillan por su ausencia. Salvo el Decreto de Urgencia Nº 012-2020, que establece medidas temporales para el pase a la situación de retiro del personal policial por falta de idoneidad para el cumplimiento de las funciones policiales, o el Decreto de Urgencia que crea mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar desde el conocimiento de los antecedentes policiales (DU N° 023-2020), no hay nada más. Para terminar decimos que mientras un nuevo contingente de cascos azules integrada por la Compañía de Ingeniería del Perú, partió en enero pasado en misión de paz para hacer patrullaje citadino y apoyar en la seguridad ciudadana en la República Centroafricana (V Contingente Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas a la República Centroafricana - MINUSCA), ya nadie habla del apoyo de las FFAA a la PNP como tema de impacto y disuasivo. Seguimos a la deriva.
François Novaro
(1) https://laley.pe/art/8301/ley-de-proteccion-policial-jueces-no-podran-dictar-prision-preventiva-contra-policias
(2) https://idl.org.pe/la-ley-que-permite-a-los-policias-matar-a-peruanos-y-esperar-su-sentencia-en-libertad/