La trata de personas es un delito de alcance internacional y altamente rentable, que cada año, cobra más víctimas inocentes, delito que se esconde tras la aberrante mascara de negocios ilegales de organizaciones criminales dedicadas, entre otros, a la explotación sexual, en la mayoría de los casos de menores de edad que son captados por medio de engaños o amenazas, aprovechándose de su necesidad económica, sin su consentimiento.
El ¨Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas¨ define a la trata de personas como la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir a una persona mediante el uso de la fuerza u otras formas de coacción, incluyendo el abuso de poder y las situaciones de vulnerabilidad, e incluso pagos de dinero o favores a una autoridad con autoridad sobre la víctima, cuya finalidad es la explotación.
Nuestra legislación nacional cuenta con normas que desarrollan este tipo delictivo: la Ley N 28950 contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes y su Reglamento D.S 007-2008-IN, así como la tipificación penal del artículo 153 que incluso comprende acciones como “promover, favorecer, financiar o facilitar la captación, aparte de las acciones establecidas por el Protocolo. Además contempla los fines de explotación, venta de niños, para que ejerzan la prostitución y someterlo a la esclavitud sexual, y el acto de obligarlos a mendigar. Así también, la norma peruana comprende formas agravadas interesantes y propicias para la forma en cómo se desarrolla este delito tales como el abuso del ejercicio de su función pública, la pluralidad de víctimas o cuando la víctima es menor de 14 años o padece de temporal o permanente discapacidad física y mental.
Más allá de lo ya establecido por las normas es necesario abordar las causas y factores que han hecho de la trata de personas con mayor incidencia en países de América Latina coincidentemente países con alto nivel de informalidad, actividades ilícitas y delictivas como el narcotráfico, minería y talla ilegal, cuyas víctimas son en su mayoría mujeres y niñas usadas como objeto de explotación sexual y laboral. De acuerdo a las cifras del Ministerio Público, en la actualidad el Perú ocupa el tercer lugar de los países donde es considerado el delito más grave y con una tasa de 60% de víctimas son menores de edad y el 90% de víctimas son mujeres. Muchas de estas víctimas han sido rescatadas en operativos e intervenciones en bares clandestinos, campamentos mineros e incluso de sus propias casas donde los padres se convierten en sus propios explotadores sin alma ni corazón con su propia sangre. La gran mayoría de las víctimas rescatadas dicen venir de hogares disfuncionales, o con padres ausentes, son de provincia, han padecido carencias y necesidades o han sido secuestradas.
Estos operativos nos permite evidenciar la ruta que sigue la Trata de Personas en el Perú, siendo el sur el principal destino de mujeres adolescentes víctimas de explotación sexual, además figuran como departamentos de alto tránsito de Trata : Cusco, Madre de Dios, Arequipa, Moquegua y Puno. Asimismo, Lima se constituye en zona de tránsito de víctimas procedentes de la Costa y la Selva Norte (CHS Alternativo, 2010).
Este flagelo nos permite evidenciar otra realidad que permite justamente que la Trata de Personas sea un delito además, muchas veces tolerado, incluso por sus propias víctimas, tal es la desigualdad y la discriminación que sufren las mujeres al no tener desde muy pequeñas, las mismas oportunidades de desarrollo que los hombres, por lo que para combatir la Trata de Personas es necesario articular el Plan Nacional de Lucha Contra la Trata de Personas con las estrategias y objetivos del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades, de tal manera que la descentralización de las acciones y presupuesto en las zonas azotadas por la Trata, apunte a promover la educación, la formación laboral y la mejora de condiciones de salud de las mujeres, sean parte de las soluciones efectivas.
Finalmente, es necesario destacar la gran labor que realiza la Dirección de Investigación de Trata de Personas y la Fiscalía Especializada que muchas veces ha tenido que luchar contra la falta de asignación de recursos y el desinterés de las autoridades del sector, cuya labor debe continuar en base a la elaboración de una necesaria estadística de los casos presentados y de las presuntas incidencias que ameritan una investigación de oficio en tanto es un delito que no tiene un alto índice de denuncia por parte de las víctimas. Además es necesario que la sociedad tome conciencia de la importancia de la denuncia en estos casos, que al ser muchas veces manejado por medio del chantaje o la amenaza, exige claras muestras de solidaridad e identificación por parte de la ciudadanía que no puede permanecer al margen ni distante de esta realidad en las sombras.