SE CONFIRMA PRIMICIA DE EXPRESO
Sala Penal Nacional declara no aplicable el derecho de gracia otorgado al exmandatario para este proceso. Fiscalía solicitará impedimento de salida del país.
Tal como lo había anticipado EXPRESO en su edición del viernes 9 de febrero, el Colegiado B de la Sala Penal Nacional resolvió ayer no aplicar el derecho de gracia por razones humanitarias otorgado al expresidente Alberto Fujimori en el caso Pativilca, por lo que seguirá como procesado.
En un hecho relacionado, anoche se supo que el fiscal de este caso, Luis Landa, solicitará en las próximas horas el impedimento de salida del territorio nacional para Alberto Fujimori.
De acuerdo al documento emitido por el referido Colegiado, al que tuvo acceso EXPRESO ayer, la Resolución Suprema Nº 281-2017-JUS del 24 de diciembre que concede el derecho de gracia por razones humanitarias a Alberto Fujimori, “carece de efectos jurídicos”.
Los magistrados llegaron a esta conclusión luego de analizar varios puntos de controversia respecto a los alcances de esta gracia. Uno de los cuales fue que la etapa de instrucción había excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.
La resolución señala que en el caso Pativilca, se trata de una investigación compleja, cuyo plazo de la investigación preparatoria es de ocho meses, que se prorroga por igual término. Por lo tanto, el plazo que debe ser superado para que proceda esta gracia es de 24 meses.
En ese sentido, la resolución sostiene que el plazo constitucional debe ser considerado desde el 5 de junio de 2017, fecha en que la Corte Suprema de Justicia de Chile emitió la sentencia autorizando la extradición de Fujimori por el caso Pativilca.
“Existe coherencia en la interpretación que exige que en el caso del procesado Fujimori, el cómputo del plazo establecido se deba considerar recién desde el día en que la justicia chilena aprobó la ampliación de la extradición, ya que solo desde ese día la justicia peruana puede activar la imputación y procesamiento contra Fujimori”, dice el documento.
Asimismo, el Colegiado hace notar que en el caso del expresidente no existe, en este proceso, mandato de detención, sino el de comparecencia simple, por lo tanto, “no existe restricción o afectación alguna sobre sus derechos fundamentales que ponga en peligro directamente su vida o integridad física”.
INSUFICIENTE MOTIVACIÓN
De acuerdo a la resolución emitida por el Colegiado B, el derecho de gracia otorgado al exmandatario Fujimori “adolece de falta de motivación”, ya que esta decisión no sustenta “los motivos razonables y suficientes por los cuales fue concedida, ni fundamenta el cumplimiento de las exigencias que la Constitución establece para su ejercicio”.
Además, dice que en la resolución suprema en la que se otorga esta gracia presidencial, no se hace mención a qué tipos de delitos afectaría la misma y el por qué correspondería cortar este proceso pese a tratarse de delitos considerados, en su momento, violaciones a los derechos humanos y de carácter imprescriptible.
Añade que uno de los motivos de debate fue, precisamente, si una persona condenada por graves violaciones de derechos humanos o que haya cometido delitos de lesa humanidad pueda hacerse acreedor de este tipo de gracia.
“El derecho internacional impone a los Estados no solo la obligación de investigar las violaciones de derechos humanos y los crímenes de derecho internacional, sino también la obligación de sancionar a las personas que sean halladas responsables de tales ilícitos de conformidad con la gravedad o seriedad del crimen, con el fin de evitar la impunidad y prevenir actos similares en el futuro”, precisa.
Así, el Colegiado llega a la conclusión de que el derecho de gracia “resulta incompatible con los deberes de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones de derechos humanos”, y que, en el caso Pativilca –que trata sobre graves violaciones a los derechos humanos– “el Estado peruano no puede adoptar medidas que impidan la persecución penal, sin una base sólida de motivación y razonabilidad”.
Por otro lado, el Colegiado consigna que no se tuvieron en cuenta las recomendaciones ni opiniones de instituciones públicas o privadas referidas a los derechos humanos, o, incluso, el informe emitido por la Defensoría del Pueblo.
Otro punto tratado es la atribución del Presidente de la República al momento de otorgar un derecho de gracia. En ese sentido, la resolución señala que se trata de “una facultad de carácter público y discrecional, que se encuentra limitada e informada por la Constitución Política”.
Keiko se pronuncia
Keiko Fujimori lamentó la decisión de la Sala Penal Nacional de no aplicar la gracia presidencial al expresidente Alberto Fujimori en el caso Pativilca. “Este pronunciamiento judicial no debe ser una excusa para volver a encarcelar a un hombre de avanzada edad y delicado de salud”, indicó en Twitter.
Sabía del fallo
El abogado de Alberto Fujimori, Miguel Pérez Arroyo, dijo a EXPRESO que ayer por la mañana habían tenido conocimiento de la decisión de la Sala Penal Nacional de no excluir a su patrocinado del caso Pativilca. Sin embargo, prefirió no hacer ningún comentario al respecto.
Rechazan decisión
La expresidenta del Congreso, Luz Salgado manifestó a EXPRESO su rechazo a la decisión de la Sala Penal Nacional de no aplicar el derecho de gracia otorgado al expresidente Alberto Fujimori en el caso Pativilca.
“Me parece una arbitrariedad, es una venganza de la ultraizquierda, de Sendero Luminoso y del MRTA. En todo caso quienes obtuvieron la responsabilidad en aquel momento fueron los ministros que tenían la labor de vigilancia. Esta es una réplica más de una argucia jurídica en la que se quiere aplicar la autoría mediata a Fujimori”, opinó.
Salgado sostuvo que en este caso no se han analizado bien las argumentaciones sólidas de la defensa del exmandatario, cuando enfatiza que la teoría mediata no es aplicable.
“Él no sabía –al igual que Alan García u otros expresidentes– de estos tremendos casos de abusos. En esos casos siempre se les llamó a los titulares del sector Interior”, precisó.
En esa misma línea, la parlamentaria Sonia Echevarría (del grupo de Kenji Fujimori) dijo a EXPRESO que este tipo de decisiones jurídicas revela la “venganza” de un sector social que no tolera ver al expresidente en libertad y en la recuperación de su salud.
Histórica decisión
El abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), Carlos Rivera, calificó como “histórica” la decisión de la Sala Penal Nacional de declarar “inaplicable” el derecho de gracia otorgado el expresidente Alberto Fujimori por el caso Pativilca.
“Me parece que es una decisión histórica del Poder Judicial, especialmente de la Sala Penal Nacional y del colegio presidido por la jueza Miluska Cano. Lo que está resolviendo la Sala Penal Nacional es el pedido de inaplicación presentado por la abogada Gloria Cano, de la Asociación Pro Derechos Humanos”, indicó.
Rivera sostuvo que, a partir de este momento, Fujimori retoma su condición de procesado en este caso, por lo que se continuará con los procedimientos legales propios a esta etapa judicial, es decir, iniciar el juicio oral.
Asimismo, el abogado del IDL dijo que con esta decisión la Fiscalía ahora deberá evaluar las medidas a solicitar contra Fujimori, como el de impedimento de salida del país.
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN
(Fuente www.expreso.com.pe)