Punto de Encuentro

Momento de alzar la voz: ¡Ni una menos!

Ser mujer a veces parece ser un pecado, de esos pecados para los que no existe perdón.  En una sociedad machista y paternalista, los estereotipos dominan nuestra educación y nuestras costumbres desde la crianza. Pensar en una sociedad donde exista plena  igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, es utópico y parece lejano a nuestra realidad, una realidad hostil que las autoridades parecen rehusarse a cambiar.

La discriminación que sufren las mujeres es la principal causa de la violencia, generada en base a creencias, prácticas, roles sociales de poder y de subordinación  que no permiten su desarrollo integral.  Cuando recurrimos a las autoridades, la indiferencia, la  burla y la impunidad son las respuestas, en la gran mayoría de casos, desde la denuncia, con el médico legista, en las preguntas de la declaración de la víctima, en la sentencia judicial. Todo un sistema hecho para la revictimización. Entonces, entramos en el círculo vicioso de la violencia, ese círculo donde si la ley o el proceso tiene un vacío o defecto: ¡te lo aguantas mujer, y pobre de ti que reclames, porque te va peor!  ¿Dónde quedan los tratados internacionales de Derechos Humanos y el compromiso del Estado Peruano de actuar con diligencia y aplicar el principio de igualdad a lo largo de todo el proceso judicial?

El Tribunal Constitucional Peruano ha reconocido en sendas sentencias la obligación del Estado de aplicar el principio de Igualdad, el mismo que incluye “(i)  el principio de no discriminación, mediante el cual se prohíbe diferencias que no se pueda justificar con criterios razonables y objetivos; y (ii) el principio de protección, que se satisface mediante acciones especiales dirigidas a la consecución de la igualdad real o positiva”. Aplicado a los casos de discriminación contra las mujeres, el TC ha adoptado las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDM) y su Protocolo Facultativo en tanto las mujeres tienen derecho “a igual acceso a los recursos judiciales, que comprende el trato igual en todas las etapas del procedimiento en las cortes y los tribunales (Art. 15.2)”, y que debe evitarse todo  acto de discriminación contra ella que comprenda “toda diferencia de trato (distinción, exclusión o restricción) por motivos de sexo que: a) intencionada o no intencionadamente desfavorezca a la mujer”

De otro lado, el Comité para la discriminación contra la Mujer en su Recomendación General N°19 ha señalado  “Se prevean procedimientos eficaces de denuncia y reparación, la indemnización inclusive (…)”  “El Estado debe transmitir un mensaje inequívoco de que la violencia contra la mujer es un acto penal grave que será investigado, enjuiciado y castigado”, y en el sentido de la determinación de la sanción, las  “Estrategias y Medidas Prácticas Modelo para la eliminación de la violencia contra la mujer en el campo de la prevención del delito y la justicia penal” del Consejo de Naciones Unidas ha dispuesto: “ Se tomen en consideración los riesgos de seguridad inherentes a las decisiones que conlleven sanciones no privativas de libertad (…)” y que en el proceso de determinación de la pena, “ se tenga en cuenta la gravedad del daño físico y sicológico infligido a la víctima y las repercusiones de la victimización”.

 

Entonces, ¿qué pasó con el fallo judicial en el caso de Arlette Contreras?  No refleja enfoque de género pues interpretan las normas penales en favor del agresor y no de la víctima.  A nadie le queda duda – hay un VIDEO señores magistrados- que Adriano Pozo tuvo la intención de agredirla, violarla, y matarla- o es que se olvidaron que fue arrastrada por el piso de los cabellos por el hotel-magistrados, ingresar a un hotel por tu voluntad no es justificación para que nos violen-, de las marcas en su cuello, de las arterias oculares reventadas-y que el hecho de haber estado ebrio no lo exime de su responsabilidad pues el dolo ya está probado.

 La sentencia no repara, no sanciona, no previene el peligro al que está expuesta ahora Arlette con su agresor en la calle, que las medidas de protección no funcionan en el Perú porque no hay un seguimiento de lo dispuesto, ¡si  lo sabré yo! Nada ni nadie detiene a un Juez a ejercer su criterio discrecional con justicia y conciencia, tiene las fuentes del Derecho  que van más allá de una norma escrita, pero imperfecta. Pero en este caso, como en la gran mayoría decidieron pasar por encima de la dignidad de la mujer, de sus derechos.

Esto ya no se puede permitir.  Esta debe ser la última vez que la “Justicia” se atreve a desfigurar el rostro de una mujer, de ponerle el arma en la mano al agresor para que termine con su víctima.  Los peruanos y peruanas ya sentimos el golpe, ya nos dolió el puntapié de la impunidad, y no dejaremos que sea el Estado quien nos ponga en bandeja para que nos maltraten, violen o maten.  Porque si tocan a una nos tocan a todas. 

Violencia contra la mujer, nunca más.  Ni Una Menos.

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