Punto de Encuentro

Gobierno no puede considerar como “rehusada” la confianza, sostienen constitucionalistas

6 Junio, 2019

Política

Constitucionalistas Ernesto Álvarez Miranda y Natale Amprimo coincidieron en que, una vez aprobada la confianza, ni el Ejecutivo ni el Legislativo pueden rehusarla.

Una nueva disyuntiva se pinta en el plano político y tiene que ver con el estado de la cuestión de confianza, una vez que esta ha sido aprobada por el Pleno. Es decir, ¿qué pasaría con la confianza si el Congreso no despliega con prontitud el debate y votación para la aprobación de los proyectos de reforma política presentados?

El presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, dijo en la víspera que la cuestión de confianza no la planteó el Ejecutivo como un mecanismo de amenaza para poner al Legislativo contra las cuerdas. “Es, más bien, la oportunidad de ofrecerle una nueva oportunidad al diálogo responsable”, subrayó. Sin embargo, la semana pasada presentaba en mesa de partes un documento que imponía un plazo de quince días bajo advertencia de que calificaría como “rehusada” la confianza si es que se desnaturalizaban las iniciativas y no se cumplían con las fechas, con lo que la posibilidad de disolver el actual Parlamento estaba manos del presidente Martín Vizcarra.

En conversación con EXPRESO, los constitucionalistas Ernesto Álvarez Miranda y Natale Amprimo,explicaron que, una vez aprobada la confianza, ni el Ejecutivo ni el Legislativo pueden revertir los resultados de la votación.

“Técnicamente ya no se puede rehusar ni suspender una confianza. La cuestión fue planteada ayer y al haber sido aprobada, la historia terminó. No existen cuestiones de confianza diferidas ni sujetas a exámenes posteriores. Lo que podría hacer el Ejecutivo es plantear una nueva cuestión de confianza a partir de alguno de los proyectos rechazados o desplazados”, sostuvo el expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda.

En concordancia, el abogado Natale Amprimo señaló que “el tema de la confianza terminó con la votación en el Pleno. No es que haya un tramite adicional o, en todo caso, hay que dejar en claro que no se puede, por la vía interpretativa, calificar de denegada la confianza”. Enfatizó, además, que cuando un Congreso aprueba la cuestión de confianza lo hace “en el marco de la constitución y del reglamento del congreso. Entonces, [los legisladores] están diciendo que se aprueba no como ahí [en el oficio del premier] se dice”.

 

Esto no exime; sin embargo, al Legislativo de una responsabilidad pendiente con el Ejecutivo. Al haber respaldado el recurso constitucional con 77 votos a favor, 44 en contra y 3 abstenciones, el Congreso de la República deberá sentarse a dialogar con el gabinete Del Solar a fin de resolver los proyectos de ley referidos a la reforma para promover la gobernabilidad y fortalecer la democracia.

Así, Álvarez Miranda explicó que “hay que destacar aquí que el Congreso no ha quedado liberado. Al aprobar la cuestión de confianza, por un principio de lealtad constitucional, ha quedado obligado a discutir y aprobar los proyectos de ley guardando coherencia con el sentido pedido. Esto, no significa no modificarlos, pero sí conservar cierto sentido. Por decir un ejemplo, quizás que ya no sea la Corte Suprema la entidad responsable de levantar la inmunidad parlamentaria, sino que sea el Tribunal Constitucional. No lo digo como propuesta ni es técnicamente lo mejor, pero está dentro de lo posible”.

“Estamos a diez días del cierre de la legislatura y vamos a ver realmente cuál es el desenlace. Lo cierto es que los proyectos presentados son muy malos y tienen que  ser modificados o, en su defecto, archivados”, expresó, por su parte, Amprimo.

Eventualmente, el Poder Ejecutivo podría activar, una vez más, el artículo n° 133 de la Constitución, a fin de que el Parlamento priorice las iniciativas que se estimen convenientes, concluyó Álvarez Miranda.

(Fuente www.expreso.com.pe)

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