Punto de Encuentro

Fiscales Vela y Pérez “blindaron” peajes de Odebrecht

15 Agosto, 2019

Política

Tomás Gálvez revela que Código Penal permite anular contrato de Rutas de Lima, pero equipo Lava Jato no usa esta herramienta legal.

Los peajes de la corrupción no solo tuvieron la complicidad de las gestiones de Susana Villarán y Luis Castañeda en la Municipalidad de Lima, sino también la de los fiscales del caso Lava Jato, Rafael Vela y José Domingo Pérez, ya que estos últimos evitaron usar leyes vigentes para incautar Rutas de Lima. El magistrado supremo Tomás Gálvez reveló esta negligencia –voluntaria o no- que permite que Odebrecht siga ganando millones de dólares a costa de los peruanos, en especial de la capital de la República.

Recordó que en junio del 2016 ya se sabía que hubo corrupción para conseguir esta obra, pero a pesar de ello, el Fondo de Inversión Brookfield compró el 57 % de acciones. “La empresa transfirió parte de su patrimonio como Rutas de Lima. El contrato que obtienen es producto del delito. Veo que está dando vueltas para ver cómo anularlo, el alcalde [Jorge] Muñoz. Se anula con el artículo 15 del Código Procesal Penal, que establece actos de transferencia de patrimonio ganado en forma criminal. Se anula, se incauta o se interviene la administración del peaje.

Eso es recontrasencillo para anularlo con el proceso penal. Esos señores tenían que hacerlo”, indicó en el programa televisivo ‘Rey con Barba’. ¿Qué dice la norma citada? Que el Ministerio Público puede aplicar el artículo 102 del Código Penal para bienes o activos que hubieran sido transferidos o gravados fraudulentamente, solicitando la nulidad de la transferencia, como se hizo con las acciones. La pretensión anulatoria se pide al juez de la Investigación Preparatoria, quien evalúa los argumentos de ambas partes, sin necesidad de que el proceso penal original haya culminado, como es el caso.

NO HUBO DECOMISOS

“Se puede usar lo que antes se llamaba pérdida de dominio, ahora extensión de dominio. Es la acción fuera del proceso para incautar y decomisar patrimonio criminal. No lo van a hacer”, reclamó Gálvez. Otro argumento legal es el referido artículo 102 del Código Penal, “Decomiso de bienes provenientes del delito”, que permitiría que el Estado tome el control de los peajes, aunque Odebrecht solo t e n g a actualmente el 25 % de acciones de Rutas de Lima.

“En Rutas de Lima, la empresa que compró a Odebrecht, sabiendo o debiendo presumir la forma ilegal en que se hizo el contrato con la Municipalidad de Lima, incurre en lavado de activos, y por ese solo hecho, el contrato tiene que anularse. Nadie ha dicho nada, cuando hay forma de anular el contrato. Allí está la respuesta, y el artículo 15 (del Código Procesal Penal) lo desarrolla”, indicó el fiscal supremo.

GASODUCTO

Al parecer, ni Vela, ni Pérez ni nadie en todo el equipo Lava Jato ha leído, entendido o escuchado de las referidas normas, o tal vez sí las conocían, pero no quisieron usarlas. Esto encajaría con la actitud complaciente que habrían mostrado con los brasileños en el caso Gasoducto del Sur. En este punto existe la muchas veces comentada pero nunca aplicada “cláusula anticorrupción”, incluida por el Gobierno de Ollanta Humala en el año 2014, cuando se firmó el contrato gasífero por 7,000 millones de dólares.

OMISIONES

“Para que se active sin problema, hay que comprenderlos en delito de corrupción , como cohecho, porque esos señores han sobornado a todo el mundo para conseguir obras. Ese soborno es corrupción, cohecho. Directamente las cláusulas de corrupción se vinculan a eso, pero a pesar de que todos los contratos los lograron mediante corrupción de funcionarios, no se ha usado esta figura legal, para evitar que se activen las cláusulas anticorrupción”, enfatizó el fiscal supremo.

Como informara EXPRESO hace unos días, en la sentencia que homologa el acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht no se incluye en ningún momento el cargo de organización criminal, sino simplemente de asociación ilícita y colusión, con penas mucho menores, pero que no implican necesariamente haber corrompido a un funcionario. “Es el delito más grave.

Las organizaciones criminales cometen delitos por ánimo de lucro, y sus ganancias ingentes son grandes patrimonios criminales que no solo sirven para multiplicar el delito, sino para corromper a la autoridad. Ese patrimonio criminal les da poder a las organizaciones criminales. Lo que hay que hacer es perseguir el patrimonio, los efectos y ganancias del delito para privarles de poder”, cuestionó Gálvez Villegas. Las anteriores son pues omisiones graves.

Con mayor razón si revisamos la cronología del caso Odebrecht, cuya investigación empezó en 2013, y el escándalo público no solo en Brasil sino en América Latina y el mundo tuvo lugar en julio de 2014 con el primer operativo llamado precisamente Lava Jato.

Es más, en junio de 2015 Marcelo Odebrecht ya había sido imputado en el sonado caso y en marzo del año siguiente fue encarcelado. Y en ese ínterin, como se pude leer en la cronología que publicamos en estas páginas, cuando ya estaban en prisión los dueños de Odebrecht y de OAS, el citado Marcelo Odebrecht y ‘Leo’ Pinheiro, respectivamente, el fondo de inversiones canadiense Brookfield y la firma francesa Vinci Highways compraron los peajes de Lima a las mencionadas trasnacionales brasileñas.

NO HAY MEMORIA

La aparente alianza entre los fiscales del equipo Lava Jato y Odebrecht también tiene como protagonista a exejecutivos como Jorge Barata, quienes dan toda la información posible sobre todos los pagos, pero cuando se refieren a Rutas de Lima y al Gasoducto, hasta pierden la memoria.

ABOGADO MUERTO

Según informó IDL la semana pasada, el delincuente que ahora es colaborador eficaz dijo que los codinomes ‘Disco’ y ‘Princesa’ son de una misma persona que gestionó el proyecto energético: el abogado Luis Pizarro. A esta particularidad se agrega que el letrado ya murió hace dos años. ¿Es creíble que, luego de tantos interrogatorios, Barata se acordó que habían pagado un millón de dólares de la Caja 2 a un abogado particular que murió hace dos años?

(Fuente www.expreso.com.pe)

 

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